Hasta el próximo día 18 de septiembre los profesores pueden solicitar ayudas para la elaboración de recursos didácticos para ser incorporados a las plataformas de acceso público del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Los objetivos que se persiguen son motivar al profesorado en el desarrollo de recursos innovadores que contribuyan a mejorar la práctica docente y, además, sirvan para dar respuesta a las necesidades que se plantean dentro del sistema educativo en la sociedad del siglo XXI, y dotar al profesorado de un «banco de recursos» accesible como soporte y ayuda para su planificación y labor docente, de cara a la implantación de las novedades introducidas en la Ley Orgánica 2/2006, en redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013.
Los recursos didácticos estarán diseñados para las siguientes enseñanzas:Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional (Básica y de Grado Medio), Educación de Personas Adultas para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico Profesional Básico y Técnico de Formación Profesional.
Podrá ser beneficiario de las ayudas el profesorado de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica o de Grado Medio y Educación de Personas Adultas para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Técnico Profesional Básico y Técnico de Formación Profesional de centros españoles sostenidos con fondos públicos.
Los profesores podrán presentar su solicitud a título individual o en equipo, hasta un máximo de cuatro profesores por equipo.
Las solicitudes se cumplimentarán por vía telemática, empleando el modelo que a tal efecto se encuentra disponible en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Sección «Trámites y Servicios». Una vez completada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el apartado 6, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud, es necesario registrarla.
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